El proyecto para que autoridades y funcionarios del Estado se hagan obligatoriamente exámenes psicológicos debe ser discutido también a nivel nacional

Hace unos días se conoció el proyecto que presentó la diputada provincial Mónica Juárez la cual busca que se realicen evaluaciones psicológicas obligatorias para autoridades y funcionarios de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Salta antes de asumir y posteriormente cada dos años, mediante equipos interdisciplinarios independientes.

Las mismas serán confidenciales. y no estarán destinadas a analizar ideologías u opiniones, sino aptitudes necesarias para el ejercicio responsable de la función pública.

El referente político Pablo Kosiner opinó al respecto y aseguró que este proyecto es un buen disparador también para debatirlo a nivel nacional. “Yo creo que una ley al respecto sería importante hoy estarla discutiendo a nivel nacional”, recalcó.

“En muchos lugares, previo al acceso a un trabajo determinado o después del ingreso, y periódicamente, se hacen ese tipo de evaluaciones, y no veo por qué aquella persona que ha sido elegida para ocupar un cargo público no lo pueda hacer”, argumentó Kosiner.

Asimismo, se animó a ir más allá y dijo “en caso de personas que se incorporan ya con algún tipo de tratamiento, eso no puede considerarse una causal de exclusión. Hay que respetar las características de cada uno de los tratamientos previos a la incorporación”.

Por otra lado, también analizó algunos puntos del proyecto y dijo “Si es una persona, por ejemplo, un legislador provincial que luego de un tiempo de ejercer el cargo tiene un dictamen desfavorable por sus condiciones, eso debe ser evaluado por la misma Cámara como cuerpo o por una comisión de juicio político, en el caso de ser funcionarios sometidos a juicio político, porque lo que no puede hacerse es vulnerar los mecanismos establecidos en la Constitución provincial para la remoción”, aclaró.

Por último, insistió en que “en el caso de ser funcionarios de alta jerarquía del Poder Ejecutivo, debe evaluarlo quien lo ha designado, para que la ley no vulnere los mecanismos de remoción establecidos en la misma Constitución”.

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