La Libertad Avanza consiguió esta madrugada la media sanción de la llamada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero sería difícil presentar el resultado como una victoria política plena. El proyecto obtuvo 37 votos positivos contra 33 negativos y ahora deberá pasar a la Cámara de Diputados, aunque llegó a esa instancia después de que el oficialismo se viera obligado a eliminar dos de los capítulos que habían concentrado mayor controversia: la modificación de la Ley de Tierras y los cambios a la Ley de Manejo del Fuego.
La imagen final es paradójica. Patricia Bullrich logró los votos para aprobar el texto en general, pero para hacerlo tuvo que desprenderse de una parte sustancial del proyecto que el Gobierno venía defendiendo desde hacía meses. Primero cayó la posibilidad de modificar las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros. Horas después, ya dentro del recinto y ante la amenaza concreta de una derrota, también fue retirado el capítulo referido al manejo de superficies incendiadas.
En política parlamentaria, ganar una votación importa. Pero también importa qué queda después de negociarla. Y lo que quedó de esta iniciativa está bastante lejos de la reforma originalmente imaginada por el oficialismo.
El capítulo sobre Manejo del Fuego terminó convertido en otro símbolo de esa debilidad. El Gobierno pretendía modificar el régimen actual que impide durante períodos de 30 o 60 años —según el tipo de territorio— realizar determinados cambios de uso en superficies afectadas por incendios. Esas restricciones seguirán vigentes luego de que La Libertad Avanza retirara su reforma antes de la votación.
La decisión no fue menor. Durante la discusión, el senador oficialista Agustín Coto cuestionó que una tierra pueda quedar condicionada durante “30 o 60 años” después de un incendio. Del otro lado, la oposición advirtió que reducir esas prohibiciones podía afectar recursos naturales estratégicos y abrir un escenario peligroso de especulación sobre terrenos incendiados. El temor no es abstracto: cuando el cambio de uso del suelo puede generar un negocio, cualquier flexibilización debe ser analizada con mucho más cuidado que una simple discusión sobre derechos patrimoniales.
Existe una razón para que las leyes establezcan períodos extensos de protección después del fuego. Si un terreno incendiado pudiera urbanizarse, explotarse o reconvertirse inmediatamente, aparecería un incentivo perverso: aquello que la normativa ambiental impide antes del incendio podría volverse posible después de las llamas. Mantener esa barrera no significa criminalizar al propietario; significa reducir el beneficio económico potencial asociado a la destrucción ambiental.
Algo similar ocurrió con la Ley de Tierras. El oficialismo ya había debido retirar el capítulo que flexibilizaba la compra de tierras rurales por extranjeros ante la falta de apoyos. La resistencia dejó al descubierto que existen límites políticos incluso dentro de bloques dispuestos a acompañar otras reformas del Gobierno.
Por eso, aunque el proyecto consiguió media sanción, el episodio muestra una realidad que el discurso triunfalista difícilmente pueda ocultar: La Libertad Avanza no pudo imponer su programa completo y tuvo que negociar, retroceder y finalmente resignar dos cuestiones centrales para mantener viva la iniciativa.
Lo aprobado conserva cambios importantes. Entre ellos aparecen nuevas reglas para las expropiaciones y procedimientos más rápidos de desalojo. En los casos de ocupaciones consideradas ilegítimas se prevén procesos sumarísimos, mientras que también se establecen mecanismos destinados a acelerar la restitución de viviendas ante determinadas situaciones de falta de pago.
Aquí aparece el próximo conflicto. La discusión sobre la propiedad privada no debería reducirse a una falsa elección entre defender al propietario o proteger al ocupante. El Estado debe garantizar el derecho de quien legítimamente posee un inmueble, pero también tiene la obligación de asegurar debido proceso, defensa efectiva y respuestas frente a situaciones de vulnerabilidad habitacional.
La velocidad judicial puede ser positiva cuando evita abusos interminables. Pero “más rápido” no siempre significa “más justo”. Cuando se habla de desalojos de viviendas, detrás del expediente existen familias, niños, adultos mayores y personas atravesadas por situaciones económicas muy diferentes. Convertir un problema habitacional en una cuestión meramente procesal puede simplificar la administración judicial mientras multiplica la conflictividad social.