El Concejo Deliberante de Salta sancionó este jueves la Ordenanza que crea el Régimen de Promoción de Empleo Formal “Más Inclusión, Menos Impuestos”, una iniciativa presentada por la concejala Malvina Gareca (SPV) que tiene como objetivo incentivar la contratación formal y sostenida de personas con discapacidad en el sector privado, mediante beneficios tributarios aplicables en el ámbito municipal.
La normativa apunta a promover la inclusión laboral de un sector históricamente relegado: según datos de la Fundación Por Igual Más, ocho de cada diez personas con discapacidad que cuentan con Certificado Único de Discapacidad nunca tuvieron o no tienen empleo. La edila destacó que el proyecto es resultado de “un proceso de trabajo sostenido durante todo el año” dentro de la Comisión de Discapacidad, que incluyó reuniones con el sector privado, organizaciones civiles y áreas del Ejecutivo Municipal.
Gareca subrayó que la Ordenanza “no busca declaraciones simbólicas, sino medidas concretas”, y remarcó que la iniciativa apunta a “fomentar el trabajo de calidad, en un ámbito formal”, garantizando el acompañamiento necesario para que los trabajadores puedan desarrollar trayectorias laborales estables y exitosas.
La Ordenanza adopta las definiciones establecidas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, reconociendo como persona con discapacidad a quienes presenten deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales de largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, limiten su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones.
Para acceder al Régimen deberá presentarse el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente, documento que acredita oficialmente la condición.
El Régimen permite a los contribuyentes imputar, como pago a cuenta, hasta el 50% de la remuneración nominal del trabajador con discapacidad declarado ante los organismos de Seguridad Social.
Esta imputación podrá aplicarse únicamente sobre tributos municipales asociados al local comercial, industrial o de servicios donde la persona contratada desarrolle sus tareas. Entre los impuestos alcanzados se encuentran:
- Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene
- Tasa sobre Publicidad y Propaganda
- Tasa General de Inmuebles
- Impuesto Inmobiliario
- Impuesto a la Radicación de Automotores (solo si el vehículo está afectado a la actividad laboral del trabajador)
La autoridad fiscal evaluará en cada caso la procedencia del beneficio y el monto autorizado. La imputación no podrá superar la obligación tributaria del período ni generar saldos a favor.
Para solicitar la adhesión al Régimen, los contribuyentes deberán:
- Gestionar la solicitud ante la Autoridad de Aplicación designada por el Ejecutivo Municipal
- Contar con habilitación comercial vigente
- Presentar libre deuda o estar incluido en un plan de pagos regular
- Acreditar la contratación con la constancia de alta en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- Presentar el CUD vigente
- Firmar un compromiso de mantenimiento de la relación laboral según la Ley de Contrato de Trabajo
El incumplimiento injustificado del contrato dará lugar a la revocación inmediata del beneficio y a la devolución de los montos compensados, con sus respectivos intereses.